Como ya hemos hablado en otros artículos tenemos la feliz noticia de la llegada de un nuevo Reglamento de extranjería en los próximos meses, como ya sabéis los profesionales del derecho de extranjería aún no contamos con un borrador de dicho Reglamento, pero si podemos ir dando pistas de las novedades que nos puede ofrecer este nuevo Reglamento.
- Transposición de directivas europeas: un ejemplo de ello podría ser el llamado Permiso único que autoriza a nacionales de terceros países a residir con el fin de trabajar en el territorio de un estado miembro.
- Estudiantes: se prevé la posibilidad de que se reduzca la autorización para trabajar a 15 horas y que no puedan modificar a un permiso de residencia y trabajo al año.
- Arraigo en formación: Se está valorando que todos los titulares de un permiso de residencia de arraigo en formación puedan compatibilizar sus estudios, mientras se forman con la posibilidad de trabajar.
- Permiso de residencia y trabajo: Podría ser que todos los permisos de residencia, excepto la no lucrativa, den derecho a ejercer actividad laboral. Además, también se baraja la posibilidad de que cuando se renueve un permiso se pase directamente a otro permiso de 4 años, permitiendo a su titular solicitar el permiso de residencia de larga duración a los 5 años de residencia legal en España.
- Permiso de residencia No lucrativa: en este caso se prevé la posibilidad de que un extranjero que llega a España en calidad de turista, pueda solicitar desde aquí en ese periodo de turista permiso de residencia no lucrativa.
- Régimen propio para los familiares de españoles: Uno de los cambios mas esperados del nuevo reglamento sin duda la creación de la figura del “visado por arraigo familiar”, es decir, se pretende crear un régimen propio para familiares de españoles. Se realizaría una especie de reagrupación familiar y una vez aprobado y una vez aprobado el familiar que se encuentre en su país de origen solicite un visado de familiar de español.
- Arraigo Social: cabe la posibilidad de que con el nuevo reglamento no sea necesario esperar 3 años para el arraigo social si se dispone de una oferta de trabajo.
- Visados y catalogo de puestos de difícil cobertura: Se tiene la intención de que salvo que existan antecedentes penales los visados que son solicitados desde España y aprobados por las Oficinas de Extranjería de España no puedan ser denegados por los Consulados. En lo referente a los puestos de difícil cobertura lo que pretende hacer el nuevo Reglamento es actualizar y ajustar los puestos de trabajo demandados con la realidad laboral del territorio y facilitar la contratación en origen.
Desde este despacho profesional nos complace ofrecerles toda la información de la que disponemos hasta el momento comprometiéndonos a mantenerlos al día sobre el nuevo Reglamento de extranjería.
