El pasado 6 de febrero finalizó el periodo de consulta pública sobre la regularización donde profesionales u Oficinas de extranjería han podido realizar su aportación al texto de la regularización extraordinaria, encontrándonos a la espera de la revisión y publicación definitiva en el BOE. Por tanto, seguimos a la espera de la publicación del texto oficial, siendo la información obtenida hasta ahora del borrador la siguiente:
Podrán acogerse al proceso de regularización personas que se encontrasen de forma irregular en España antes del 31 de diciembre de 2025 y las personas que hubiesen solicitado protección internacional en España antes del 31 de diciembre de 2025.
Requisitos para los solicitantes de protección internacional antes de 31 de diciembre de 2025:
- Encontrarse en España
- Carecer de antecedentes penales y policiales
- No tener prohibida la entrada a España ni encontrarse en situación de compromiso de no retorno
- Abonar la tasa administrativa
Requisitos para las personas que se encontraban en situación irregular en España antes de 31 de diciembre de 2025:
- Poder acreditar cinco meses de estancia en España a la fecha de presentación de la solicitud
- Carecer de antecedentes penales y policiales
- No tener prohibida la entrada a España ni encontrarse en situación de compromiso de no retorno
- Abonar la tasa administrativa
- Encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
- haber trabajo en España o tener una oferta de empleo en España
- Constituir un núcleo familiar con hijos menores de edad escolarizados en España
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad
A la regularización podrán acogerse también los menores de edad a los que se les concederá un permiso de residencia por cinco años.
La vigencia del permiso de residencia y trabajo será de un año, habiéndose previsto que se asignará un permiso provisional desde la fecha de admisión a trámite de la solicitud, pasando a ser permanente durante su año de vigencia una vez resuelto el procedimiento favorable.
Las fechas de presentación de solicitudes previstas son desde el mes de abril hasta el 30 de junio de 2026. Desde este despacho profesional estaremos informando de cuantas novedades acontezcan en este sentido. No dude en ponerse en contacto con nosotros para poder ofrecerle un servicio personalizado y adaptado a sus circunstancias.
