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Con motivo de las vacaciones de verano se produce un incremento de las solicitudes de autorización de regreso por tanto la Comisaria General de Extranjería y Fronteras dispone:

  1. Con carácter general se seguirán expidiendo autorizaciones de regreso a los extranjeros que tengan en tramite la renovación de su autorización de residencia y reúnan todos los requisitos para obtener dicha autorización.
  2. Excepcionalmente desde el 15 de junio hasta el 30 de septiembre de 2025 se autorizará la entrada a los extranjeros que se presenten en el Puesto fronterizo terrestre o marítimo y acrediten estar en posesión de pasaporte o documento de viaje en vigor, autorización de residencia caducada y solicitud de renovación de la misma.
  3. Los extranjeros que viajen por vía aérea deberán obtener dicha autorización de regreso para evitar que las compañías se niegue a dejarlos viajar a aquellos pasajeros que no acrediten estar en posesión de autorización de residencia en vigor.
  4. La autorización de regreso solo será documento válido para cruzar la frontera a través de puestos fronterizos españoles y no a través de otros puestos de cualquier otro estado Shenguen.
  5. Lo dicho anteriormente se aplica de igual forma a los titulares de autorización de estancia por estudios, cuya renovación se haya solicitado y a aquellos a los que, solicitándola por primera vez, les hubiera sido expedido el visado correspondiente por estudios.

Desde este despacho profesional estamos encantados de trasladar toda la información de que disponemos y que les pueda ser útil.

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