La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado sentencia por la que declara nulo el art. 162.2 apartado e) del Reglamento de extranjería.
El art. 162 del Reglamento de Extranjería establece las causas de extinción del permiso de residencia para ciudadano extranjeros en España. Concretamente el art. 162.2.e) establece como causa de extinción “cuando se permanezca fuera de España durante mas seis meses en un periodo de un año.”
Pues bien, el referido articulo ha sido recientemente declarado nulo por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo pues el mismo limita el derecho fundamental de libre circulación de los ciudadanos extranjeros con residencia legal en España, lo que solo puede hacerse por una norma con rango de ley y no por una norma reglamentaria.
La sala señala que ningún artículo de la Ley Orgánica 4/2000 y tampoco ninguna Directiva Europea da cobertura a esa disposición del Reglamento.
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