(+34) 958 255 824
(+34) 639 317 297

3004@icagr.es

Saber más…

Este despacho profesional se dirige a ustedes con la finalidad de ofrecerle la siguiente información:

Los extranjeros/as que residan legalmente en España, a los cuales el estado de alarma haya sorprendido en su país de origen y la situación les obligue a superar el periodo máximo de estancia fuera de territorio español, sepan que la situación de estado alarma ha suspendido tanto los plazos administrativos como judiciales y por tanto se entiende que desde el 15 de marzo hasta que quede levantado el periodo de alarma dicho plazo se encontraría en suspenso. Es decir, no existiría ningún problema siempre y cuando no se exceda de los días que dure el estado de alarma.

Ejemplo: En el supuesto que el periodo máximo que un residente legal pueda pasar fuera de España sean 6 meses, no pasaría nada siempre y cuando no exceda de los días que dure el estado de alarma. Aplicando la siguiente formula: 6 meses + días que dure el estado de alarma.

Ponemos también en su conocimiento que, este despacho profesional sigue trabajando con el sistema de teletrabajo y por tanto seguimos a su disposición para la realización de los siguientes tramites que pueden llevarse a cabo a través de sede electrónica:
➢ Presentación telemática de solicitudes de permisos de residencia.
➢ Presentación telemática de renovaciones de permisos de residencia.
➢ Solicitudes de nacionalidad española por residencia.

➢ Y cualquier otro trámite que pueda realizarse de forma telemática

No dude en ponerse en contacto con nosotros de lunes a viernes: 9:30- 13:30h a través del teléfono: 639317297 o por correo electrónico: 3004@icagr.es.

Nuestra finalidad como profesionales del derecho de extranjería es ayudar para que la situación actual suponga el menor perjuicio a la ciudadanía y sobre todo en trámites tan importantes como son los permisos y renovaciones de residencia legal en nuestro país, por lo que quedamos a su entera disposición